Los candidatos nominados para presidir la Comisión de Energía cumplen, de acuerdo al artículo 8 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, con los requisitos enumerados, los cuales son:

1. Ser ciudadano mexicano, y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos

2. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso que amerite pena de prisión.

3. Poseer titulo profesional en cualquier de las ingenierías, de las ciencias fisicomatemáticas, de las ciencias biológicas y químicas o de las ciencias sociales y administrativas, que se vinculen con las actividades del sector energético.

4. Haberse desempeñado en forma destacada, durante al menos cinco años, en actividades profesionales, de servicio público o académicas sustancialmente relacionadas con materias afines al objeto del Órgano Regulados Coordinado en Materia Energética respectivo

5. No haber sido secretario o Subsecretario de Estado, Procurador General de la República, senador, diputado federal o local, Gobernador de algún Estado o Jefe de Gobierno del Distrito Federal, durante el año previo a su nombramiento, y

6. No haber ocupado, en el año previo a su designación, ningún empleo, cargo o función directiva en las empresas que estén sujetas a la regulación de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética.

Por virtud del cual, pueden ser aspirantes al Cargo en la Comisión de Energía

al comparecer ante la comisión, caso contrario en el año 2014 en la cual Senadores de fracciones parlamentarias del PRI y del PAN, asignaron a dicho puesto sin asistir a dicha comparecencia.

En todo momento, se actuó conforme a la ley para determinar sus aptitudes para determinar que son aptos para aspirar al cargo; buscando no solamente los mejores perfiles, si no que tienen la calidad de honestos e íntegros. Destacando la situación actual del país en materia de hidrocarburos (PEMEX) y de energía (CFE) en la cual están sumidos en deudas debido a las malas administraciones a cargo de los responsables enunciados anteriormente, adjuntando la Reforma Energética que sigue sin brindar los resultados prometidos.

Actuando dentro del Marco Legal al reunir los requisitos y contribuyendo en un ámbito moral, estamos en búsqueda de resultados esperados. De acuerdo con la ley, los candidatos reúnen los requisitos y es este criterio aquel que debe prevalecer sobre cualquier interpretación personal.

Intervención a favor de los dictámenes y votación de la Comisión de Energía que acuerda la idoneidad de once personas que integran las cuatro ternas presentadas por el Ejecutivo Federal, para ocupar el cargo de Comisionado de la Comisión Reguladora de Energía.

Los candidatos nominados para presidir la Comisión de Energía cumplen, de acuerdo al artículo 8 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, con los requisitos enumerados, los cuales son:

1. Ser ciudadano mexicano, y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos

2. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso que amerite pena de prisión.

3. Poseer titulo profesional en cualquier de las ingenierías, de las ciencias fisicomatemáticas, de las ciencias biológicas y químicas o de las ciencias sociales y administrativas, que se vinculen con las actividades del sector energético.

4. Haberse desempeñado en forma destacada, durante al menos cinco años, en actividades profesionales, de servicio público o académicas sustancialmente relacionadas con materias afines al objeto del Órgano Regulados Coordinado en Materia Energética respectivo

5. No haber sido secretario o Subsecretario de Estado, Procurador General de la República, senador, diputado federal o local, Gobernador de algún Estado o Jefe de Gobierno del Distrito Federal, durante el año previo a su nombramiento, y

6. No haber ocupado, en el año previo a su designación, ningún empleo, cargo o función directiva en las empresas que estén sujetas a la regulación de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética.

Por virtud del cual, pueden ser aspirantes al Cargo en la Comisión de Energía

al comparecer ante la comisión, caso contrario en el año 2014 en la cual Senadores de fracciones parlamentarias del PRI y del PAN, asignaron a dicho puesto sin asistir a dicha comparecencia.

En todo momento, se actuó conforme a la ley para determinar sus aptitudes para determinar que son aptos para aspirar al cargo; buscando no solamente los mejores perfiles, si no que tienen la calidad de honestos e íntegros. Destacando la situación actual del país en materia de hidrocarburos (PEMEX) y de energía (CFE) en la cual están sumidos en deudas debido a las malas administraciones a cargo de los responsables enunciados anteriormente, adjuntando la Reforma Energética que sigue sin brindar los resultados prometidos.

Actuando dentro del Marco Legal al reunir los requisitos y contribuyendo en un ámbito moral, estamos en búsqueda de resultados esperados. De acuerdo con la ley, los candidatos reúnen los requisitos y es este criterio aquel que debe prevalecer sobre cualquier interpretación personal.